Gestión de la Facturación y Factura Electrónica. Ayudas hasta 3.000€
Con esta solución podrás tener digitalizado el flujo de emisión y recepción de las facturas de tus clientes y proveedores, asegurando la digitalización y securización de tus procesos de negocio.
Funcionalidades y servicios
Facturas en formato estructurado: tendrás la posibilidad emitir facturas en formatos estructurados, al menos en formato FACTURA-E, para facilitar su tratamiento automatizado.
Facturas ilimitadas: podrás emitir y recibir un número ilimitado de facturas.
Clientes ilimitados: tendrás la capacidad de enviar facturas a un número ilimitado de clientes.
Productos o servicios ilimitados: podrás crear un número ilimitado de productos y/o servicios facturables dentro del catálogo.
Envío de facturas por correo electrónico: la solución implantada por el Agente Digitalizador de tu elección te posibilitará enviar y recibir facturas electrónicas directamente, al menos por correo electrónico.
Personalización de facturas: las facturas serán personalizables, incluyendo la selección de tu logotipo.
Copia de seguridad diaria: podrás realizar copias de seguridad, con posibilidad de, al menos, una periodicidad diaria.
Almacenamiento/Histórico de facturas: Si perteneces a los segmentos I, II o III tendrás, al menos, 1 GB para las facturas. Para los segmentos IV y V se proporcionará un almacenamiento de, al menos, 10 GB.
Integración con otras soluciones: la solución deberá disponer de APIs o Web Services para su integración con otras herramientas, así como permitir la carga de datos de manera manual.
Control de vencimiento de las facturas: tendrás un sistema de control del vencimiento de las facturas.
Generación de un registro de facturación: la solución te permitirá generar un registro de facturación, de forma simultánea o inmediatamente anterior a la expedición de cada factura.
Emisión de facturas verificables: la solución deberá habilitar la emisión de facturas, tanto en papel como de forma electrónica, que puedan ser verificables con la Agencia Tributaria por parte del comprador.
Verificación presencial: la solución deberá permitir la verificación presencial del registro de facturación por parte de las autoridades competentes.
Declaración responsable: la solución deberá disponer de una declaración responsable por parte del fabricante o desarrollador acreditando que el software cumple con la normativa tributaria vigente.
Cumplimiento: podrás asegurar el cumplimiento de la normativa aplicable, en concreto el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación del Real Decreto 1619/2012, los requisitos del artículo 29.2.j) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y su normativa de desarrollo, así como cualquier normativa de aplicación.
Formación
La solución incluye una formación para que puedas adquirir conocimientos suficientes que te permitirán utilizar y gestionar tu web de manera autónoma, especialmente en materia de cumplimiento normativo.
Porcentajes de ejecución asociados a las fases
La provisión de la solución se llevará a cabo en dos fases, en los plazos y con el reconocimiento de ejecución comprometida que se define a continuación:
Primera Fase: 3 meses y una ejecución comprometida al 70%. Para ello será necesario acreditar la implantación de la totalidad de funcionalidades, así como la provisión de las licencias de usuario y servicios requeridos a excepción del Mantenimiento.
Segunda Fase: 12 meses y una ejecución comprometida al 30%. Para ello será necesario acreditar la prestación de la totalidad de funcionalidades, así como la provisión de las licencias de usuario y servicios de la primera fase y su mantenimiento.
Importe máximo de la ayuda
Segmento III
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0 < X < 3 empleados: 1.000€ (incluye 1 usuario)
Segmento II
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3 ≤ X < 10 empleados: 2.000€ (incluye 3 usuarios)
Segmento I
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10 ≤ X < 50 empleados: 2.000€ (incluye 3 usuarios)
Segmento IV
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50* ≤ X < 100 empleados: 3.000€ (incluye 6 usuarios)
Segmento V
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100 ≤ X < 250 empleados: 3.000€ (incluye 6 usuarios)
* En el segmento IV se incluyen las empresas menos de 50 empleados que tengan consideración de mediana empresa al superar el volumen de negocios anual y balance general anual de 10 millones de euros